Observatorio
de Derechos
CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN
Campaña 'ME DUELE TODO'
La CAMPAÑA «ME DUELE TODO» se basa en dos aspectos que van de la mano y funcionan como un círculo vicioso, se alimentan entre sí. En primer lugar, la existencia de violencias estructurales o sistemáticas que, partiendo de la colectividad, generan sufrimiento individual. En segundo lugar, como este sufrimiento se manifiesta a través de experiencias de salud mental y las personas con estas experiencias sufren discriminación y vulneración de los derechos humanos, es decir, violencias estructurales. Además, «ME DUELE TODO» está hecha desde una perspectiva feminista donde, utilizando el arte para canalizar la propia experiencia, presentamos testimonios individuales de mujeres para focalizar en una de las violencias estructurales más evidentes que se expresa a través del género.
Inti Gajardo, Marta Marín, Sombra Alor y la Princesa Inca, 4 artistas de diferentes disciplinas, se reúnen en la campaña ‘ME DUELE TODO’ para hablar de 4 ejes fundamentales: la práctica artística, la propia experiencia de malestar, cómo nos afectan las violencias estructurales, y derechos humanos y vulneraciones.
‘ME DUELE TODO’ es una campaña de sensibilización sobre arte, género y salud mental de la Federación VEUS (Federació Catalana d’Entitats de Salut Mental en 1a Persona) con la colaboración de l’Ajuntament de Barcelona, la Diputació de Barcelona y la Generalitat de Catalunya.
Vídeos de la campaña 'ME DUELE TODO'
VÍDEO 1 - ME DUELE TODO
Sobre la práctica artística y la salud mental
En este primer vídeo, las cuatro artistas dialogan sobre cómo les atraviesa la salud mental en su práctica artística.
VÍDEO 2 - ME DUELE TODO
Sobre el estigma y experiencia propia en salud mental
En este segundo vídeo, las cuatro artistas dialogan sobre el estigma y experiencia propia en salud mental.
VÍDEO 3 - ME DUELE TODO
Sobre violencias estructurales y salud mental
En este tercer vídeo, las cuatro artistas dialogan sobre las violencias estructurales y cómo inciden en nuestra vida.
VÍDEO 4 - ME DUELE TODO
Sobre derechos humanos en salud mental y vulneraciones
En este cuarto vídeo, las cuatro artistas dialogan sobre derechos humanos en salud mental y vulneraciones.
CRÉDITOS
Artistas: Sombra Alor, Cristina Marín, Marta Marín, Inti Gajardo
Equipo técnico y audiovisual: Diana González – Técnica del Observatorio de Derechos en Salud Mental, Vanessa Roca – Coordinación de la comunicación y realización audiovisual, Xavi Almirall – Operador de cámara e iluminación, Celeste Marí – Logotipo animado
Grupo de Trabajo del Observatorio: Carles Albert, Natalia Castaño, Jordi García, Eli Ibáñez, Sonia Moliner, Esteve Santamaria, Elvira Rodríguez
Federació VEUS: Coordinadora: Maria Aran Herrera, Técnica del Observatorio de Derechos en Salud Mental: Diana González
GUÍAS DE DERECHOS Y DOCUMENTOS
Guías de Derechos
GUÍA DE DERECHOS
EN SALUD MENTAL
No hay recuperación
sin derechos
CAJA DE HERRAMIENTAS
DE DERECHOS
Para profesionales
de la salud mental
CONTENCIONES 0
Estrategias para la erradicación del uso de contenciones en los servicios de salud mental
MÁS ALLÁ DE LA RECUPERACIÓN
Hacia una atención en Salud Mental basada en derechos
/versión alumnado y versión profesorado/
Infografías y Vídeos Explicativos
PRESENTACIÓN
Manel Atserias, creador de las infografías
de la Federació VEUS
Posicionamiento VEUS sobre los Ingresos Involuntarios
La Federació Catalana d’Entitats de Salut Mental en 1ª Persona (Federació VEUS) ha manifestado, en numerosas ocasiones, que las medidas involuntarias ―internamientos involuntarios y tratamientos forzosos― son contrarias a los estándares internacionales de los Derechos Humanos (en concreto, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad).
Así lo manifestamos en la opinión que publicamos desde la Federación VEUS a propósito de la Consulta Pública sobre la reforma de la legislación civil y procesal en materia de discapacidad:
Consideramos que la entrada en vigor del Convenio en el ordenamiento jurídico español ha cambiado claramente el modelo de sustitución en la adopción de decisiones por un modelo de asistencia para la toma de decisiones. Por tanto, determinadas instituciones tradicionalmente arraigadas en nuestra cultura jurídica, como la incapacitación (o modificación de la capacidad de obrar) y el internamiento forzoso (o internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico, siguiendo la terminología formal del artículo 763 LEC) y los tratamientos involuntarios (contención mecánica, entre otros) ya no responden al paradigma de la voluntad y las preferencias ni tampoco al principio de respeto a la dignidad y la autonomía.

Federació VEUS
El resultado de la reforma legislativa que se quería llevar a cabo hace tres años ha sido la Ley estatal 8/2021, de 2 de junio, por la cual se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica (en adelante, Ley 8/2021), la cual entró en vigor el pasado 3 de septiembre de 2021.
De acuerdo con nuestras peticiones, la Ley 8/2021 supone un avance en lo que respecta a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad. Entre otras cuestiones:
- Pone fin al sistema basado en la sustitución en la toma de las decisiones que afectan a las personas con personas con discapacidad (modelo médico o asistencial) e implementa un modelo basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona con discapacidad (modelo social, basado en los derechos humanos).
- Suprime la tutela y la patria potestad prorrogada y rehabilitada por unas medidas de apoyos.
- Sustituye el procedimiento de modificación de la capacidad por un procedimiento de provisión de apoyos.
Sin embargo, las medidas involuntarias siguen aplicándose en nuestro país. En este sentido, desde el Observatorio de Derechos en Salud Mental de la Federación VEUS, hemos preparado esta infografía para explicaros cuáles son las garantías y los derechos que deben cumplirse, en todo caso, cuando una persona es internada en un centro psiquiátrico en contra de su voluntad. En particular, nos referimos a aquellos casos en los que se ha practicado un internamiento involuntario urgente por razón de trastorno psíquico (art. 763 Ley de Enjuiciamiento Civil y arts. 212-4 a 212-6 Código Civil de Cataluña).