Observatorio
de Derechos

EL OBSERVATORIO

El Observatorio de Derechos en Salud Mental (ODSaM) es un espacio de información crítico y dinámico, dedicado a hacer un seguimiento de las diferentes políticas y normativas que afectan de forma particular a los derechos de las personas con un diagnóstico psiquiátrico y su entorno.

Nuestro objetivo es velar para que se satisfagan los estándares de derechos humanos previstos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).

ACTIVIDADES
DEL ODSaM

Logotip de la Federació VEUS

Sistema de Información y Denuncia Social

El Observatorio es un instrumento eficaz de información para que los ciudadanos puedan conocer la evolución de los derechos de las personas con problemas de salud mental y dar voz al colectivo en primera persona y a todos aquellos que quieran poner de manifiesto y denunciar situaciones de abusos y discriminación a las personas con diagnóstico psiquiátrico.

Considerando que los mecanismos de queja son procedimientos básicos para garantizar la protección de los derechos de las personas, el ODSaM trabaja también para hacer visibles aquellas instituciones y mecanismos existentes actualmente en Cataluña a donde dirigirse para interponer quejas o para informarse sobre procedimientos de denuncia. Así, os informaremos sobre los diversos medios de reclamación existentes para garantizar la restitución de los derechos vulnerados.

Recogemos las vulneraciones de derechos en salud mental y las elevamos a las instituciones

Generación de Conocimiento

El ODSaM elabora documentos técnico-científicos e informes para contribuir al debate global y plural sobre las cuestiones en torno al reconocimiento y respeto por los derechos de las personas con un diagnóstico psiquiátrico.

Estos documentos reflejan la posición consensuada de los miembros del colectivo representado así como de distintos expertos en las materias tratadas, y se publican para su difusión entre la comunidad interesada, además de servir como elemento informador para futuras políticas y legislaciones .

El ODSaM fomenta la generación de conocimiento desde la experiencia en primera persona para contrarrestar la hegemonía epistemológica que domina la práctica asistencial desde el discurso reduccionista.

Orientación Jurídica

LUCHA POR TUS DERECHOS.
SOLICITA ASESORAMIENTO

Litigación Estratégica

La Federación VEUS, a petición del ODSaM, participa y formula alegaciones en calidad de amicus curiae (amigo del Tribunal) ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en aquellos casos en los que se haya producido una vulneración de los derechos humanos de un ciudadano por razón de su discapacidad psicosocial por parte de una Administración Pública.

La defensa de los derechos en los tribunales es el último recurso de que disponemos los ciudadanos para satisfacer nuestros derechos, pero también el más lento y costoso. Por ello, desde el ODSaM promovemos el uso de otros medios de resolución de conflicto, pero entendemos que, en ocasiones, para una reparación efectiva de los derechos debe accederse a los tribunales. Así, apoyamos aquellos casos que, por sus características, se consideren estratégicos porque pueden servir para crear precedentes judiciales y promover el cambio de normativas y prácticas.

GUÍAS DE DERECHOS
Y DOCUMENTOS

Guías de Derechos

GUÍA DE DERECHOS EN SALUD MENTAL
No hay recuperación sin derechos

CAJA DE HERRAMIENTAS DE DERECHOS
Para profesionales de la salud mental

CONTENCIONES 0
Estrategias para le erradicación del uso de contenciones en los servicios y dispositivos de salud mental

MÁS ALLÁ DE LA RECUPERACIÓN
Hacia una atención en Salud Mental basada en derechos
/versión alumnado y versión profesorado/

Infografías y Vídeos Explicativos

PRESENTACIÓN
Manel Atserias, creador de las infografías
de la Federación VEUS

INFOGRAFÍA
Derechos Humanos en Salud Mental

INFOGRAFÍA
Internamiento Involuntario

INFOGRAFÍA
Contenciones

INFOGRAFÍA
Medidas de Apoyo
a la Capacidad Jurídica

Posicionamiento VEUS sobre los Ingresos Involuntarios

La Federació Catalana d’Entitats de Salut Mental en 1ª Persona (Federació VEUS) ha manifestado, en numerosas ocasiones, que las medidas involuntarias ―internamientos involuntarios y tratamientos forzosos― son contrarias a los estándares internacionales de los Derechos Humanos (en concreto, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad).

Así lo manifestamos en la opinión que publicamos desde la Federación VEUS a propósito de la Consulta Pública sobre la reforma de la legislación civil y procesal en materia de discapacidad:

Consideramos que la entrada en vigor del Convenio en el ordenamiento jurídico español ha cambiado claramente el modelo de sustitución en la adopción de decisiones por un modelo de asistencia para la toma de decisiones. Por tanto, determinadas instituciones tradicionalmente arraigadas en nuestra cultura jurídica, como la incapacitación (o modificación de la capacidad de obrar) y el internamiento forzoso (o internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico, siguiendo la terminología formal del artículo 763 LEC) y los tratamientos involuntarios (contención mecánica, entre otros) ya no responden al paradigma de la voluntad y las preferencias ni tampoco al principio de respeto a la dignidad y la autonomía.

Logotip de la Federació VEUS

Federación VEUS

El resultado de la reforma legislativa que se quería llevar a cabo hace tres años ha sido la Ley estatal 8/2021, de 2 de junio, por la cual se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica (en adelante, Ley 8/2021), la cual entró en vigor el pasado 3 de septiembre de 2021.

De acuerdo con nuestras peticiones, la Ley 8/2021 supone un avance en lo que respecta a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad. Entre otras cuestiones:

  • Pone fin al sistema basado en la sustitución en la toma de las decisiones que afectan a las personas con personas con discapacidad (modelo médico o asistencial) e implementa un modelo basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona con discapacidad (modelo social, basado en los derechos humanos).
  • Suprime la tutela y la patria potestad prorrogada y rehabilitada por unas medidas de apoyos.
  • Sustituye el procedimiento de modificación de la capacidad por un procedimiento de provisión de apoyos.

Sin embargo, las medidas involuntarias siguen aplicándose en nuestro país. En este sentido, desde el Observatorio de Derechos en Salud Mental de la Federación VEUS, hemos preparado esta infografía para explicaros cuáles son las garantías y los derechos que deben cumplirse, en todo caso, cuando una persona es internada en un centro psiquiátrico en contra de su voluntad. En particular, nos referimos a aquellos casos en los que se ha practicado un internamiento involuntario urgente por razón de trastorno psíquico (art. 763 Ley de Enjuiciamiento Civil y arts. 212-4 a 212-6 Código Civil de Cataluña).

QUALITY
RIGHTS

Qué es la iniciativa Quality Rights de la OMS

La iniciativa Quality Rights de la Organización Mundial de la Salud (OMS) tiene el propósito de mejorar la calidad de la atención y el apoyo que se prestan en los servicios sociales y de salud mental, y de promover los derechos humanos de las personas con discapacidad psicosocial, intelectual o cognitiva. Con un enfoque participativo, persigue los siguientes objetivos:

Acceso a la plataforma de formación de la OMS

Plataforma de formación OMS

La formación virtual de la OMS en Quality Rights ha sido desarrollada para una amplia variedad de grupos: para quienes participan en la toma de decisiones sobre la prestación de servicios de salud mental, para aquellos que proporcionan atención en salud mental y soporte psicosocial, y para personas que han recibido o están recibiendo soporte para la salud mental.

Con la colaboración de:

Con el apoyo financiero de:

Federació Catalana d'Entitats de Salut Mental en 1ª Persona – VEUS

+34 654 825 217

info@federacioveus.org

Scroll al inicio